A- de 2023
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Carrillo Rincon Margarita Y Otros·Demandado Empresa De Servicios Publicos De Malaga
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias sobre responsabilidad patronal por accidente de trabajo de empleado vinculado mediante contrato de trabajo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Promiscuo del Circuito de Málaga y el Juzgado 6 Administrativo del Circuito de Bucaramanga.
Dicha controversia se originó respecto a la competencia para conocer una demanda ordinaria laboral promovida por varios ciudadanos contra Empresas Públicas Municipales de Málaga por su presunta culpa patronal en un accidente de trabajo.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Corte reiteró la regla de decisión establecida en el Auto 1639/22, según la cual, de conformidad con el numeral 1º del artículo 2º del CPTSS, en concordancia con el artículo 41 de la Ley 142 de 1994 y el 5º del Decreto 3135 de 1968, corresponde a la jurisdicción ordinaria laboral conocer las demandas donde se invoque culpa patronal de una empresa de servicios públicos domiciliarios constituida como empresa industrial y comercial del Estado, siempre que la controversia involucre a un empleado que no desempeñó funciones de dirección o confianza, sin que para el efecto resulten trascendentes las formalidades que precedieron su vinculación.
Por lo anterior, la Corte dirimió el conflicto de jurisdicciones de la referencia declarando que la Jurisdicción Ordinaria es la competente para conocer sobre la demanda analizada.
En consecuencia, remitió el expediente al Juzgado Promiscuo del Circuito de Málaga para lo de su competencia y para que comunique esta decisión.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Promiscuo del Circuito de Málaga y el Juzgado 6 Administrativo del Circuito de Bucaramanga, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado Promiscuo del Circuito de Málaga conocer sobre la demanda presentada por Margarita Carrillo Rincón, Flor Ángel Flórez Carrillo y Leonardo Garavito Carrillo contra Empresas Públicas Municipales de Málaga.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-2539 al Juzgado Promiscuo del Circuito de Málaga para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 6 Administrativo del Circuito de Bucaramanga y a los interesados en este asunto.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.